El INE tendrá que emitir los lineamientos para regular los procesos internos tanto de Morena como del PRI-PAN-PRD La Sala Superior del Tribunal Electoral ordenó al INE, emitir lineamientos para regular los procesos internos que se realizan tanto en Morena como en el PRI-PAN-PRD rumbo a 2024. Sin embargo, la mayoría del pleno rechazó el proyecto original […]
El INE tendrá que emitir los lineamientos para regular los procesos internos tanto de Morena como del PRI-PAN-PRD
La Sala Superior del Tribunal Electoral ordenó al INE, emitir lineamientos para regular los procesos internos que se realizan tanto en Morena como en el PRI-PAN-PRD rumbo a 2024.
Sin embargo, la mayoría del pleno rechazó el proyecto original de la magistrada Janine Otálora que proponía invalidar la convocatoria y suspender el proceso promovido por PAN, PRI y PRD, al señalar que se trata de un fraude a la ley.
El magistrado presidente, Reyes Rodríguez propuso que el Consejo General del INE emita lineamientos, en un plazo no mayor de cinco días, a fin de regular este y otros actos similares, propuesta que fue aprobada por mayoría.
En dichos lineamientos, el INE deberá definir el tipo de propaganda que está permitida, conforme a la naturaleza de estos procesos.
En particular, deberá valorar la permanencia o retiro de la propaganda masiva en espectaculares, vehículos de transporte públicoy pintas de bardas, entre otros.
Las personas servidoras públicas están obligadas en todo momento a aplicar los recursos públicos a su cargo de forma imparcial, y que no pueden usar propaganda gubernamental con fines políticos.
Además, las prerrogativas de acceso a radio y televisión, disponibles para los partidos políticos no podrán utilizarse para la sobreexposición de las personas aspirantes o participantes de estos procesos político-partidistas.
La fiscalización de estos procesos deberá ser especializada para vigilar el origen y uso de los recursos empleados, además de que ser un ejercicio expedito apegado a los principios de certeza y transparencia en la rendición de cuentas.
El Consejo General deberá definir el periodo sujeto a revisión considerando el momento desde que iniciaron; el tipo de gastos que serán contabilizados; gastos ordinarios y aquellos que se podrían considerar que benefician a una persona desde una perspectiva electoral.
Los partidos deberán presentar sus informes de ingresos y gastos en los tiempos y formatos que disponga la autoridad electoral y los resultados de la fiscalización deberán presentarse en un dictamen consolidado y una resolución por parte del Consejo General del INE en un tiempo preferentemente cuando se resuelvan los informes de precampaña.
“Todos los actos que pudieran implicar un llamado expreso o inequívoco a votar a favor o en contra de una persona para una precandidatura, candidatura o un cargo de elección popular siguen estando prohibidos y deberán investigarse, incluso, de oficio y sancionarse en términos de la ley”, manifestó el magistrado Reyes Rodríguez.
“Coincido con la propuesta en cuanto a que la convocatoria y el proceso para elegir a la persona puede vulnerar la equidad en la contienda del proceso electoral por venir, el del 2023-2024 que iniciará en septiembre. Sin embargo, desde mi perspectiva esta posible vulneración puede evitarse a partir de la emisión de lineamientos generales por parte del Consejo General del INE”, afirmó.
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