Ante la circulación de rumores en redes sociales sobre un presunto bloqueo masivo de cuentas bancarias a contribuyentes con adeudos fiscales, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) salió a desmentir de manera categórica estas versiones y aseguró que no existen operativos arbitrarios ni facultades extraordinarias para inmovilizar recursos de forma generalizada en 2026. A través […]
Ante la circulación de rumores en redes sociales sobre un presunto bloqueo masivo de cuentas bancarias a contribuyentes con adeudos fiscales, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) salió a desmentir de manera categórica estas versiones y aseguró que no existen operativos arbitrarios ni facultades extraordinarias para inmovilizar recursos de forma generalizada en 2026.
A través de una tarjeta informativa oficial, la autoridad fiscal precisó que es completamente falso que cuente con atribuciones especiales para congelar cuentas bancarias de manera masiva, así como que haya iniciado acciones extraordinarias contra personas físicas o morales únicamente por supuestos adeudos con el fisco. También negó que se haya incrementado automáticamente la fiscalización al inicio del año sin sustento legal.
En los últimos días, publicaciones no verificadas afirmaron que el SAT habría recibido nuevas facultades para bloquear cuentas de miles de contribuyentes que no presentaron declaraciones o pagos de impuestos. Ante la preocupación generada entre ciudadanos y empresas, el organismo recaudador aclaró que dichas versiones carecen de fundamento.
“El SAT no tiene ninguna atribución extraordinaria para realizar bloqueos masivos de cuentas bancarias a personas con presuntos adeudos fiscales”, subrayó la dependencia, al tiempo que reiteró su compromiso de actuar con transparencia, apego a la ley y respeto a los derechos de los contribuyentes.
No obstante, la autoridad recordó que sí existe un procedimiento legal para la inmovilización de depósitos bancarios en casos específicos, como cuando se trata de adeudos fiscales firmes que no han sido garantizados o durante revisiones formales previstas en el Código Fiscal de la Federación. Estas acciones se realizan de manera individual, con notificación previa y bajo un marco jurídico claramente establecido.
El SAT enfatizó que este mecanismo legal no debe confundirse con los rumores de bloqueos generalizados, ya que implica actos administrativos debidamente fundados, análisis de cada situación fiscal y el derecho del contribuyente a defenderse por las vías legales correspondientes.
Finalmente, la dependencia reiteró que las acciones de fiscalización y los cambios fiscales se basan en reglas ya existentes y no implican persecuciones arbitrarias contra contribuyentes cumplidos. Añadió que las modificaciones legales recientes buscan fortalecer el combate a prácticas irregulares, como la emisión de facturas falsas o las discrepancias fiscales, siempre dentro del marco de la ley.
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