La iniciativa de la diputada del PT, Nora Yessica Merino Escamilla, plantea sanciones para quienes promuevan, financien o intervengan en estos procedimientos; establece que las mujeres gestantes tendrán la calidad de víctimas y no serán responsables penalmente.
Prohibir la gestación subrogada en México y establecer sanciones de hasta 25 años de prisión para quienes participen en esta práctica es el objetivo de una iniciativa presentada por la diputada Nora Yessica Merino Escamilla, del Partido del Trabajo (PT).
La propuesta contempla reformas a la Ley General de Salud, la Ley General en materia de trata de personas y el Código Penal Federal, con el propósito de incorporar la explotación reproductiva como una modalidad de explotación de personas y establecer responsabilidades penales para quienes intervengan en estos procedimientos.
En materia de salud, la iniciativa plantea prohibir cualquier práctica mediante la cual una mujer geste a una persona por cuenta de otra u otras, a partir de un acuerdo, contrato o convenio, con o sin compensación económica, cuando se pretenda entregar al recién nacido a una persona distinta de quien lo gestó o establecer su filiación a favor de terceros.
Entre las sanciones propuestas se encuentra una pena de seis a 17 años de prisión para quienes realicen, promuevan, faciliten, financien, publiciten o intermedien en procedimientos de gestación subrogada. La misma penalidad se aplicaría a quienes contraten estos servicios con el propósito de obtener la entrega de la persona recién nacida.
La iniciativa también contempla sanciones para los establecimientos de salud que permitan estos procedimientos o no hagan lo necesario para impedirlos. Sus responsables podrían recibir de cuatro a nueve años de prisión, multas de entre 10 mil y 15 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), además de la clausura definitiva del establecimiento.
Las mismas penas se proponen para quienes operen agencias, despachos u organizaciones dedicadas a la intermediación de estos procedimientos. Cuando los delitos se cometan mediante una persona moral o en su beneficio, podrían aplicarse consecuencias jurídicas que incluyan su disolución.
Proponen tipificar la explotación reproductiva
Uno de los principales cambios consiste en incorporar el artículo 31 Bis a la Ley General en materia de trata de personas, con el que se busca reconocer la explotación reproductiva como una modalidad de explotación.
La propuesta establece penas de 15 a 25 años de prisión y de dos mil a 30 mil días multa para quien, mediante un acuerdo o contrato, consiga que una mujer geste a una persona con el propósito de entregarla a terceros o establecer su filiación a favor de alguien distinto de la mujer gestante.
Las sanciones también alcanzarían a quienes capten, recluten, trasladen, alojen o retengan a una mujer con ese propósito, así como a quienes promuevan, financien, publiciten o intermedien en la práctica.
Asimismo, se incluiría a profesionales de la salud, técnicos, auxiliares y fedatarios públicos que participen en los procedimientos médicos o formalicen los actos jurídicos correspondientes, cuando conozcan su finalidad.
Las penas podrían incrementarse hasta en una mitad cuando la mujer gestante sea menor de 18 años, pertenezca a una comunidad indígena o afromexicana, se encuentre en situación de pobreza, migración o vulnerabilidad, o cuando el responsable sea servidor público o integrante de la delincuencia organizada.
La iniciativa establece expresamente que la mujer gestante no será considerada responsable del delito y tendrá en todo momento la calidad de víctima, con derecho a recibir protección, asistencia y reparación conforme a la legislación.
También plantean castigos por entrega de recién nacidos
En el Código Penal Federal se propone incorporar el artículo 366 Quinquies para sancionar con ocho a 15 años de prisión y de mil a cinco mil días multa a quienes entreguen o reciban a una persona recién nacida en cumplimiento de un acuerdo de gestación subrogada, siempre que los hechos no constituyan un delito de trata de personas.
La misma sanción se aplicaría a quienes simulen un parto, alteren o falsifiquen registros de nacimiento o proporcionen información falsa ante autoridades registrales o judiciales para concretar estos procedimientos.
Al igual que en los demás cambios propuestos, se establece que la mujer que gestó a la persona recién nacida no será objeto de persecución penal.
La iniciativa fue turnada a las comisiones unidas de Salud y de Justicia para su análisis y elaboración del dictamen, mientras que la Comisión de Derechos Humanos emitirá una opinión.
Por ahora, se trata de una propuesta legislativa que deberá ser discutida y, en su caso, aprobada por el Congreso para que las modificaciones puedan entrar en vigor.











