La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que las llamadas “boletas planchadas”, es decir, aquellas que aparecen en las urnas sin marcas de doblez, no pueden considerarse votos válidos y deben quedar fuera del cómputo electoral.
Por unanimidad, los cinco integrantes de la Sala Superior revocaron un acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que abría la posibilidad de reconocer como válidos los sufragios contenidos en este tipo de papeletas.
El magistrado Felipe de la Mata, ponente del proyecto, sostuvo que la ausencia de dobleces constituye un indicio de una irregularidad, debido a que resulta materialmente imposible introducir una boleta de 28 por 20 centímetros en una urna cuya ranura mide aproximadamente 12 centímetros de largo por tres milímetros de ancho sin doblarla previamente.
Durante la sesión pública, De la Mata mostró una boleta y comparó sus dimensiones con las de la ranura de una urna para explicar la imposibilidad física de que una papeleta de esas características pueda ser depositada completamente extendida.
“Hay que decirlo con claridad: las boletas sin dobleces no pueden formar parte del cómputo; una boleta sin doblez no entró en la urna lícitamente, por tanto, no es voto”, afirmó.
El proyecto establece que, aunque el INE tiene facultades para regular las incidencias que se presenten durante los cómputos, una boleta que carece de las marcas de doblez no puede vincularse objetivamente con un sufragio emitido de manera regular en la casilla.
Esto se debe a que la legislación contempla una secuencia material para la emisión del voto: marcar, doblar y depositar la boleta en la urna.
De acuerdo con la sentencia, el doblez no constituye un simple requisito formal, sino una evidencia física de que la papeleta siguió el procedimiento ordinario de votación.
“Si por el tamaño de la boleta y dimensiones de la ranura, pero luego aparece completamente extendida y sin ninguna marca de doblez, surge la pregunta inevitable: ¿cómo llegó esa boleta ahí?”, planteó el magistrado.
Ante esa circunstancia, añadió, no existe certeza sobre el origen de la papeleta y no puede permitirse que modifique el resultado de una elección.
“En una elección, una boleta ilícita no puede convertirse en voto”, enfatizó.
¿Qué ocurrirá con las boletas sin doblez?
Con la resolución, las mesas directivas de casilla deberán identificar este tipo de papeletas durante el escrutinio y cómputo. Las boletas que presenten estas características no deberán contabilizarse ni incorporarse a la sumatoria de resultados.
Además, el hallazgo deberá asentarse en la hoja de incidentes y las papeletas recibirán un tratamiento similar al de las boletas sobrantes, por lo que deberán mantenerse separadas de los votos válidamente computados.
El proyecto señala que, de manera excepcional, los consejos distritales también podrán identificar boletas sin doblez cuando realicen un nuevo escrutinio y cómputo. En estos casos, tampoco podrán incorporarse a la votación computada y deberán conservarse por separado.
De la Mata subrayó que esta determinación busca establecer una regla clara para evitar que papeletas cuya procedencia no pueda acreditarse objetivamente incidan en los resultados electorales.
El antecedente de la elección judicial
El debate sobre las llamadas “boletas planchadas” cobró relevancia durante la elección judicial de 2025, cuando fueron encontradas cientos de papeletas con estas características dentro de paquetes electorales, principalmente en Chiapas.
Ante esos hallazgos, el propio INE determinó invalidar los votos correspondientes a poco más de 400 casillas.
Con la resolución de la Sala Superior, el TEPJF establece ahora que las boletas sin marcas de doblez deberán mantenerse separadas de los votos válidamente computados y no podrán utilizarse para modificar la sumatoria de resultados electorales.












