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Datos personales de fans al garete

Puntales Agustín Vargas

  • Sancionan a la FMF por mal manejo de datos
  • Multa sin precedentes por más de 42 mdp
  • SAR, evitarán prácticas monopólicas
  • Monederos electrónicos, deducción fiscal

Ya casi para terminar la jornada futbolera mundialista, en la que el Gobierno de México presumió ser un magnifico anfitrión, aunque en la capital del país lució un gran caos por obras de infraestructura inconclusas, inundaciones, cierre de vialidades por doquier, manifestaciones y hasta fallecidos por la incontrolable turba que se desbordó en las calles de la CDMX, las autoridades gubernamentales detectaron graves anomalías en el manejo de datos personales por parte de la  Federación Mexicana de Futbol (FMF) en perjuicio de miles de  aficionados.

Hace unos días pasados la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG), que encabeza Raquel Buenrostro Sánchez, anunció la imposición de una multa de 42.8 millones de pesos (aproximadamente 2.14 millones de dólares) a la FMF, que preside Mikel Arreola, por presuntas infracciones a la normativa mexicana de protección de datos personales derivadas del tratamiento de información realizado mediante el sistema FAN ID.

Lla autoridad determinó que la FMF actuaba como responsable del tratamiento de los datos personales recabados a través del sistema y concluyó que incumplió diversas obligaciones previstas en la legislación aplicable.

Entre los principales hallazgos, la SABG señaló que la FMF no informó en su aviso de privacidad que las fotografías utilizadas para generar el FAN ID constituían datos personales sensibles, lo que, según la resolución, impidió que los titulares conocieran plenamente el alcance del tratamiento de su información y pudieran tomar una decisión informada.

La autoridad concluyó que la organización no obtuvo el consentimiento expreso y por escrito requerido para el tratamiento de datos personales sensibles.

Según la información de la Secretaría Anticorrupción, la FMF utilizó una casilla de aceptación en un sitio web, sin implementar mecanismos adicionales de autenticación que permitieran acreditar de manera indubitable que el consentimiento fue otorgado por el titular de los datos.

La autoridad determinó que la FMF incumplió con los principios de licitud y responsabilidad, al no adoptar las medidas necesarias para garantizar el debido tratamiento de los datos personales bajo su control. En este sentido, enfatizó la importancia de implementar medidas de gobernanza, documentación y cumplimiento cuando se utilizan tecnologías que involucran datos biométricos.

Aunque la resolución puede ser impugnada mediante los mecanismos legales correspondientes, representa uno de los precedentes más relevantes en materia de protección de datos personales, al ser la primera resolución emitida por la SABG, autoridad que sustituyó al INAI, por el monto de la sanción y por el análisis jurídico realizado respecto del tratamiento de datos biométricos.

De acuerdo con el análisis de los especialistas de Baker McKenzie, firma de consultoría jurídica y fiscal, este precedente resulta relevante para las organizaciones que utilizan sistemas de reconocimiento facial.

También para las plataformas de identidad digital, herramientas de autenticación biométrica, controles de acceso físico o lógico, soluciones de prevención de fraude, sistemas de registro de usuarios, visitantes o asistentes a eventos, así como para aquellas que tratan datos cuya naturaleza sensible puede generar incertidumbre regulatoria, como los biométricos o la geolocalización.

Los expertos de McKenzie afirman que el caso demuestra que la revisión regulatoria no se limita a las medidas de seguridad implementadas para proteger la información, sino que también alcanza el contenido de los avisos de privacidad y la validez de los mecanismos utilizados para documentar el consentimiento de los titulares.

SAR, libre competencia

La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) y la Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) firmaron un convenio de colaboración con el propósito de fortalecer la libre competencia en el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), prevenir prácticas monopólicas que afecten su adecuado funcionamiento y promover un entorno que fortalezca la eficiencia y transparencia del SAR en beneficio de las y los trabajadores, dado que el ahorro para el retiro constituye una parte fundamental de su patrimonio y bienestar futuro.

A través de este Convenio, ambas instituciones impulsarán acciones conjuntas de intercambio de información; capacitación, investigación y difusión; así como el desarrollo de estudios y proyectos conjuntos orientados a fortalecer el análisis económico y regulatorio del sistema, con el fin de promover una libre competencia que contribuya a fortalecer el ahorro para el retiro de las personas trabajadoras, así como la calidad de los servicios que reciben.

El Convenio fue suscrito por la Comisionada Presidenta de la Comisión Nacional Antimonopolio, Andrea Marván Saltiel y el Presidente de la CONSAR, Julio César Cervantes Parra,

Monederos electrónicos, deducción fiscal: Previvale

La mayoría de las empresas mexicanas, tanto corporativos como las pequeñas y medianas, desaprovechan la deducibilidad fiscal que ofrecen los monederos electrónicos y vales de papel, expuso la firma Previvale By Klu, que encabeza José Antonio García León, durante su participación en la Expo ANTAD 2026.

Recomendó también a las empresas mexicanas utilizar estos productos financieros bajo procesos que optimizan los recursos, simplifican operaciones y ofrecen un mayor control en la dispersión de prestaciones laborales como es el apoyo para la despensa e incentivos profesionales.

Igualmente, obtener ahorros y una administración honesta y transparente en la adquisición y control de combustible para el transporte de mercancía y la distribución de viáticos y gastos para los viajes de trabajo, entre otras ventajas que se dan en una sola plataforma tecnológica.

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*Periodista, director de la Revista Hábitat Mx

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