La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo aseguró que la reforma a la Ley de Amparo, aprobada en el Senado, no podrá aplicarse de manera retroactiva, ya que la Constitución lo prohíbe de forma expresa. Durante su conferencia de prensa, la mandataria explicó que este principio jurídico debe respetarse en todo momento, lo que significa que los […]
La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo aseguró que la reforma a la Ley de Amparo, aprobada en el Senado, no podrá aplicarse de manera retroactiva, ya que la Constitución lo prohíbe de forma expresa.
Durante su conferencia de prensa, la mandataria explicó que este principio jurídico debe respetarse en todo momento, lo que significa que los juicios de amparo ya iniciados continuarán su trámite con la legislación vigente al momento de su presentación.
“La Constitución establece claramente que no puede haber retroactividad en las leyes. Lo nuevo se aplica a partir de la entrada en vigor de la norma, pero los procedimientos en curso se rigen con la ley anterior”, subrayó.
El debate por el transitorio
Sheinbaum reconoció que uno de los transitorios incluidos en la reforma ha generado inquietud, al señalar que las nuevas reglas se aplicarían desde la aprobación del dictamen.
Sin embargo, consideró innecesaria esa redacción:
“Desde mi punto de vista, no había por qué ponerlo, porque ya está implícito en la Constitución. Si es un nuevo juicio de amparo, aunque se trate de un caso previo, se aplica la nueva ley; pero si el procedimiento ya está en curso, debe seguir con la anterior”.
La presidenta adelantó que este apartado deberá revisarse en la Cámara de Diputados para evitar interpretaciones contradictorias en los tribunales.
Tres cambios clave en la reforma
Más allá de la discusión sobre retroactividad, la mandataria destacó los puntos centrales de la iniciativa:
Agilización de procesos: se busca reducir los tiempos de resolución de juicios de amparo, que en algunos casos llegan a tardar hasta 20 años, especialmente en materia fiscal y comercial.
Congelamiento de cuentas: se elimina la práctica de suspender automáticamente el bloqueo de cuentas investigadas por lavado de dinero, lo que antes permitía retirar los recursos de inmediato. Ahora, el congelamiento se mantendrá hasta que se resuelva el fondo del juicio.
Garantías fiscales: cuando se otorgue suspensión, el contribuyente deberá depositar en garantía lo que adeude al fisco, evitando que el amparo sea utilizado para evadir responsabilidades.
El proceso legislativo continúa
El dictamen fue aprobado en el Senado con 76 votos a favor y 39 en contra, y ahora pasará a la Cámara de Diputados. Además, contempla ajustes al Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con el fin de modernizar los expedientes digitales y dar mayor certeza jurídica.
“El amparo no desaparece”
Frente a críticas de sectores que advierten un retroceso en los derechos ciudadanos, Sheinbaum aclaró que la figura del amparo se mantiene intacta:
“No se está quitando el derecho de los mexicanos a tener amparo frente a un acto de autoridad. Al contrario, lo que se busca es que funcione con eficacia y sin abusos”.
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