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Pese a tener únicamente el 2.9% de la votación en la elección para la Jefatura de Gobierno, según los cómputos distritales, el partido del sol azteca rebasa el 3% de la votación Todo parece indicar que el PRD conservará su registro en la Ciudad de México. A pesar de tener únicamente el 2.9% de la […]
Pese a tener únicamente el 2.9% de la votación en la elección para la Jefatura de Gobierno, según los cómputos distritales, el partido del sol azteca rebasa el 3% de la votación
Todo parece indicar que el PRD conservará su registro en la Ciudad de México.
A pesar de tener únicamente el 2.9% de la votación en la elección para la Jefatura de Gobierno, según los cómputos distritales, el partido del sol azteca rebasa el 3% de la votación en las elecciones de diputaciones y alcaldías.
Según el Artículo 36 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, una de las facultades del Instituto Electoral local (IECM) es registrar a los partidos políticos locales y “cancelar su registro cuando no obtengan el 3% del total de la votación válida emitida en cualquiera de las elecciones de la Ciudad de México en las que participen”.
De igual forma, el Artículo 94 de la Ley General de Partidos Políticos estipula que los partidos locales perderán el registro cuando no obtengan por lo menos el 3% de la votación válida emitida en alguna de las elecciones de Jefe de Gobierno, diputados, y los titulares de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales.
El partido amarillo fue incluido en el reparto de diputaciones plurinominales, y logró un espacio, lugar que no tendría sino fuera a conservar su registro.
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