En San Luis Potosí, varias organizaciones nacionales e internacionales encendieron las alarmas por una posible persecución penal periodistas SLP: advierten que, bajo nuevas figuras del Código Penal local ligadas a “identidad digital” y uso de inteligencia artificial, se estarían impulsando procesos que golpean directamente la libertad de expresión y el trabajo periodístico. Las detenciones de los últimos días, los señalamientos de opacidad procesal y la amenaza de órdenes de aprehensión contra comunicadores abrieron un frente incómodo que, más allá del rifirrafe político, exige transparencia y garantías elementales de debido proceso.
Qué pasó y por qué importa
Entre el jueves 21 y el viernes 22 de mayo de 2026, la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí (FGESLP) ejecutó órdenes de aprehensión y logró la imposición de prisión preventiva oficiosa a dos mujeres —la comunicadora Eréndira Reyes Aguillón y su hija, Alejandra Hermosillo, funcionaria municipal— por el presunto delito contra la identidad de las personas, una figura incorporada recientemente para sancionar la manipulación ilícita de imagen e identidad digital. En paralelo, el creador de contenido Christian Herrera, de la página Código Rojo, fue detenido el 21 de mayo en Ciudad Valles y trasladado a la capital; su familia denunció incomunicación inicial.
El sábado 23 de mayo de 2026, un bloque de organizaciones —entre ellas ARTICLE 19, el Comité para la Protección de Periodistas (CPJ), Reporteros Sin Fronteras (RSF), CIMAC y Propuesta Cívica— emitió un posicionamiento conjunto advirtiendo un uso arbitrario del derecho penal en la entidad. El comunicado puso especial atención en la falta de información clara sobre los cargos, las inconsistencias entre versiones oficiales y lo comunicado a familiares, así como en la aplicación de la prisión preventiva oficiosa en un contexto vinculado a expresiones digitales.
La controversia escaló cuando se difundió que existirían órdenes de aprehensión contra al menos ocho o nueve personas más, entre ellas la periodista potosina Anahí Torres. El corazón del debate está en dos planos: si las investigaciones se sostienen con rigor probatorio y respeto al debido proceso, y si el marco legal local —reformado en 2025 para regular identidad digital e inteligencia artificial— se está usando de manera correcta o como herramienta para silenciar críticas.
Quiénes son las personas detenidas
De acuerdo con lo informado por las organizaciones y replicado por medios nacionales, las autoridades imputan a Eréndira Reyes y a Alejandra Hermosillo el delito de “contra la identidad de las personas”, al considerar que habrían utilizado estructuras visuales, narrativas y gráficas para simular contenidos con apariencia de autenticidad y, con ello, afectar la imagen y reputación de un tercero. El juez de control dictó prisión preventiva oficiosa el viernes 22 de mayo de 2026, mientras avanza la audiencia de formulación de imputación.
En el caso de Christian Herrera, familiares y periodistas locales denunciaron que, tras su detención la tarde del 21 de mayo, estuvo incomunicado; en el Registro Nacional de Detenciones aparece con traslado al Centro Estatal de Reinserción Social No. 1, “La Pila”. Las organizaciones advierten que, si no se acredita con claridad la causa penal y se garantiza defensa oportuna, el episodio podría constituir una detención arbitraria.
Qué dice la Fiscalía de SLP
La FGESLP, por su parte, rechaza tajantemente que exista una persecución contra periodistas. Ha señalado que las detenciones se sustentan en elementos de prueba suficientes y en mandamientos judiciales emitidos por jueces de control, que la coordinación con otros poderes no compromete su autonomía y que el proceso penal se rige por los códigos estatal y nacional de procedimientos. En lo medular, la Fiscalía asegura que las imputaciones no se relacionan con actividad periodística, sino con un probable delito contra la identidad de las personas.
No obstante, dicho mensaje convive con un clima de desconfianza alimentado por denuncias de familiares sobre opacidad en traslados y paradero durante las primeras horas, así como por la aplicación de la medida cautelar más gravosa en asuntos relacionados con contenidos digitales.
Lo que piden las organizaciones
El pronunciamiento conjunto exige tres cosas inmediatas: primero, transparencia plena sobre la situación jurídica de las personas detenidas, incluyendo la fundamentación de los cargos y la comunicación oportuna con la defensa y familiares; segundo, una revisión a fondo de la legalidad de las imputaciones para evitar la retroactividad de la ley —si los hechos investigados sucedieron antes de la entrada en vigor de las reformas del 2025—; y tercero, alinearse a estándares internacionales de libertad de expresión que exigen legalidad estricta, necesidad y proporcionalidad para cualquier restricción, reservando el derecho penal como último recurso.
Las leyes bajo la lupa: IA e identidad digital
El punto de quiebre jurídico está en las reformas al Código Penal potosino aprobadas en noviembre de 2025. Entre otras figuras, se añadieron disposiciones para sancionar el “uso no autorizado de imagen o voz generada mediante inteligencia artificial” y el llamado “delito contra la identidad de las personas”. Sobre el papel, la motivación es clara: enfrentar la proliferación de contenidos falsos, audios clonados y deepfakes que pueden arruinar reputaciones, defraudar o extorsionar.
El problema —señalan las organizaciones— es de técnica legislativa y de aplicación: los tipos penales amplios y vagos abren la puerta a interpretaciones elásticas que, mal usadas, pueden criminalizar expresiones críticas o periodismo incómodo. Si a ello se suma el recurso a la prisión preventiva oficiosa y detenciones con información confusa, el mensaje intimidatorio escala. Por eso se exige que el Ministerio Público y los jueces apliquen el test tripartito de legalidad, necesidad y proporcionalidad en cada paso.
Hay, además, un foco rojo adicional: la retroactividad. El comunicado de las organizaciones sugiere que la investigación podría tener como origen la difusión de un video en redes sociales anterior a la entrada en vigor de las reformas. Si fuera el caso, cualquier imputación basada en esas nuevas figuras penales chocaría con el artículo 14 constitucional, que prohíbe aplicar la ley en perjuicio por hechos previos a su promulgación. Aclarar ese punto —fechas precisas, publicación del contenido, entrada en vigor de la reforma— no es un lujo: es el núcleo de la discusión.
En medio de la tormenta, hay hechos que no deben perderse: combatir la desinformación y los montajes digitales sí importa, y mucho. Pero la ruta correcta pasa por fortalecer investigación técnica, peritajes digitales sólidos, vías civiles o administrativas menos lesivas y, solo como última ratio, herramientas penales. En contextos de alta polarización, la línea que separa la protección de la reputación y el silenciamiento de una voz crítica puede ser muy fina.
Qué sigue y por qué México debe mirar a SLP
Lo que ocurre en San Luis Potosí no se queda en San Luis Potosí. México entero lleva años discutiendo la criminalización del periodismo mediante demandas estratégicas, acoso judicial y, ahora, fórmulas penales que tocan terrenos grises de lo digital. Por eso, lo mínimo es pedir reglas claras, tiempos procesales transparentes y la eliminación de ambigüedades que permitan lecturas expansivas contra la libertad de expresión.
En el corto plazo, el caso exige cuatro movimientos concretos:
- Precisión quirúrgica en los expedientes: hechos, fechas y evidencias periciales que justifiquen cada medida restrictiva.
- Comunicación oportuna con las familias y defensa para desterrar cualquier sombra de incomunicación.
- Revisión judicial estricta de la procedencia de prisión preventiva oficiosa en asuntos de expresión digital.
- Una mesa técnica, con academia y sociedad civil, para afinar las reformas penales sobre identidad digital e IA.
También hay una batalla de narrativas que no puede ignorarse. De un lado, comunicadoras y comunicadores que reportan hostigamiento, detenciones y órdenes de aprehensión; del otro, una Fiscalía que asegura actuar sin distinguir oficios ni ideologías, ateniéndose exclusivamente a la ley. El equilibrio se consigue con audiencias públicas, control judicial fuerte y máxima publicidad de las actuaciones, salvaguardando datos personales de víctimas y procesados.
En este contexto, vuelve a resonar nuestro término clave: la posible persecución penal periodistas SLP. Si el Estado potosino demuestra, con expediente en mano, que no hay uso selectivo del derecho penal, disipa el fantasma. Si no lo hace, la preocupación seguirá creciendo y el costo reputacional también. De ahí la importancia de comunicar con hechos, no con eslóganes.
A la par, el gremio periodístico necesita blindaje preventivo: capacitación en seguridad digital, protocolos de resguardo de evidencias, auditorías de riesgo y redes de apoyo legal. Porque si una publicación puede activar un proceso penal, las redacciones tendrán que profesionalizar aún más su verificación, trazabilidad de contenidos y manejo de material sensible, incluido todo lo que involucre inteligencia artificial y suplantación de identidad.
No es casualidad que el tema haya prendido a escala nacional. En los últimos años, organizaciones como ARTICLE 19 han documentado un alza sostenida de acoso judicial contra periodistas en México. El caso potosino encaja en ese rompecabezas y, por lo mismo, exige un estándar probatorio robusto y un escrutinio público intenso.
Finalmente, vale subrayar que este no es un pleito de “periodistas contra gobierno”, sino una prueba de estrés para el Estado de derecho digital en México: ¿podemos castigar con precisión el fraude y la suplantación sin volver delito la crítica? La respuesta correcta no se grita: se acredita en tribunales, con expedientes impecables y respeto absoluto a derechos fundamentales.
Si algo dejó claro este fin de semana —del jueves 21 al domingo 24 de mayo de 2026— es que San Luis Potosí se volvió el espejo donde el país se mira para decidir qué tan preparada está su justicia para la era de la inteligencia artificial. Y sí: el periodismo y la ciudadanía merecen un arbitraje que no deje dudas. Porque cuando la ley se vuelve borrosa, la libertad de expresión es la primera en pagar la factura.






