Información de AMEXI La morenista Catalina Monreal afirmó que le asiste el derecho, pues asegura que es claro que hubo violencia política en razón de género en la elección por la alcaldía Cuauhtémoc. El equipo legal de Caty Monreal presentó un recurso de impugnación, luego de que la Sala Regional de la Ciudad de México […]
Información de AMEXI
La morenista Catalina Monreal afirmó que le asiste el derecho, pues asegura que es claro que hubo violencia política en razón de género en la elección por la alcaldía Cuauhtémoc.
El equipo legal de Caty Monreal presentó un recurso de impugnación, luego de que la Sala Regional de la Ciudad de México no actuó con perspectiva de género, incluso normalizó costumbres patriarcales realizadas de forma sistemática en el proceso electoral en la demarcación.
La morenista afirmó que la Sala Regional de la Ciudad de México no actuó con perspectiva de género, incluso, normalizó costumbres patriarcales.
Pidió a las magistradas y magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que analicen el caso con perspectiva de género y “se pongan las gafas violetas” para que nunca más una mujer sea violentada ni minimizada.
Las expresiones de Alessandra Rojo de la Vega, eran con perspectiva de género
Según un análisis exhaustivo, contextual y sistemático, las expresiones vertidas por la abanderada del PRI y PAN, Alessandra Rojo de la Vega, eran con perspectiva de género y reconociendo estereotipos de género que buscan demeritar las capacidades de las mujeres en política.
“Es claro que las expresiones denunciadas contienen cargas de género, pues se basaron en críticas a una mujer únicamente en función de lazos familiares, desvalorizando logros individuales y trayectoria, reforzando la idea de que las mujeres no pueden alcanzar el éxito por sí mismas”, destaca el documento de impugnación.
El equipo legal de Catalina Monreal señaló que en la sentencia impugnada y en espera de que la Sala Superior del TEPJF resuelva, se resaltan irregularidades que afectan principios constitucionales y convencionales exigidos para la validez de la elección y se acreditan errores procesales sobre la valoración de pruebas determinantes.
Además, se destaca que la Sala Regional inobservó e inaplicó jurisprudencias de la Sala Superior, incluso, de lo sostenido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos respecto a los alcances de la libertad de expresión.
Citó como ejemplo, en el asunto SUP-REP-696/2024, donde se denunciaron actos de Violencia Política en Razón de Género (VPRG) contra la militante de Morena y aspirante, en su momento, a candidata a diputada federal.
El 4 de octubre de 2023, en rueda de prensa en Tabasco transmitida por la cuenta oficial del denunciado en Facebook, buscaron cosificarla, desprestigiarla y menoscabarla; para invisibilizar su trayectoria política y hacer parecer que los hombres la controlaban. En este caso, la Sala Superior declaró la existencia de VPRG.
Asegura que la Sala Regional omitió realizar diligencias con perspectiva de género
Se deja en claro que al estar frente a la primera aplicación del marco jurídico electoral de la Ciudad de México de la causal de nulidad en una elección por VPG contra la mujer, la Sala Regional omitió realizar diligencias con perspectiva de género.
Ello, consistente en la prueba ofrecida para solicitar apoyo de equipos especializados e imparciales, como el Instituto Nacional Electoral, que cuenta con un equipo de expertas en el tema.
Además, se precisa que existieron errores procesales que influyeron de forma determinante, al pretender reclasificar documentos públicos ofrecidos como pruebas a un marco regulatorio distinto.
Ello “afectó la forma en que se estudió el asunto, pues con dicho proceder indebido desestimó las afectaciones psicológicas acreditadas en el expediente”.
“Derivado de la complejidad que representa identificar expresiones con cargas de género, la Sala Superior del TEPJF emitió un criterio jurisprudencial para delinear una metodología adecuada para detectar el uso de estereotipos en el lenguaje.
“Sin embargo, la Sala Regional, responsable de manera inexplicable simplemente decidió omitir su observancia y aplicación”, se precisa en el escrito de impugnación de Catalina Monreal.
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