La Dirección General de Asuntos Jurídicos del recinto informó a la Junta de Coordinación Política, que a partir de este viernes 26 de marzo, se presentó recurso de revisión. La Cámara de Diputados tomó la decisión de interponer, a partir del pasado viernes 26 de marzo, recurso de revisión contra la suspensión definitiva otorgada por […]
La Dirección General de Asuntos Jurídicos del recinto informó a la Junta de Coordinación Política, que a partir de este viernes 26 de marzo, se presentó recurso de revisión.
La Cámara de Diputados tomó la decisión de interponer, a partir del pasado viernes 26 de marzo, recurso de revisión contra la suspensión definitiva otorgada por jueces, contra la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica.
La Dirección General de Asuntos Jurídicos del recinto, notificó de esa decisión al presidente de la Junta de Coordinación Política y coordinador de la fracción del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena). Ignacio Mier.
El recurso de revisión a las suspensiones señaladas, se fundamenta en el argumento de que esas medidas cautelares emitidas por jueces “tildadas de ilegales, afectan los derechos procesales de este órgano legislativo”. El diputado Mier Velazco también informó del hecho, a través de su cuenta en la red social de Twitter.
La suspensión definitiva de la Ley de la Industria Eléctrica afecta el proceso legislativo que llevó a cabo la @Mx_Diputados, por lo que hoy se interpuso un recurso de revisión. La decisión del Juez transgrede la Ley de Amparo y genera perjuicio al interés social.
— Ignacio Mier Velazco (@NachoMierV) March 27, 2021
Abro hilo (1/6)
“La suspensión definitiva de la Ley de la Industria Eléctrica afecta el proceso legislativo que llevó a cabo la @Mx_Diputados, por lo que hoy se interpuso un recurso de revisión. La decisión del Juez transgrede la Ley de Amparo y genera perjuicio al interés social.
Abro hilo”, indicó en el primero de seis mensajes alusivos, publicados en su cuenta oficial en Twitter, @NachoMierV. Indicó que entre otros “agravios”, las decisiones de jueces especializados en competencia económica violaron las reglas del debido proceso, ya que no tomaron en cuenta las resoluciones de magistrados que plantearon que la suspensión no es procedente, para quienes no la hayan solicitado.
“2) El Juez optó por inobservar lo resuelto por los Magistrados, quienes indicaron que la suspensión no era procedente para quien no la solicitó, sino solamente aplicaba para quien la pidió expresamente”, escribió textualmente el diputado Mier Velazco.
Agregó que el Juez de Distrito “generalizó indebidamente” la suspensión a la reforma eléctrica “sin apegarse al principio de relatividad”.
Añadió que el juez en cuestión no tiene facultades de impedir que la Ley de la Industria Eléctrica aplique en todo el país, “porque sigue vigente en el sistema jurídico nacional”.
“5) La suspensión definitiva de la Ley de la Industria Eléctrica trasgrede la Ley de Amparo porque su otorgamiento genera más perjuicios al interés social. (6/6)”, argumentó textualmente en redes sociales.
En tanto, el documento que le envío el director general de Asuntos Jurídicos de la Cámara, manifiesta que la medida cautelar dictada por un juez, se hizo extensiva a participantes en la industria eléctrica que no han acudido al juicio de amparo, por lo tanto, se considera “ilegal”.
“Afecta los derechos procesales de este Órgano legislativo, por lo que a partir de hoy viernes 26 de marzo del año en curso, se interpondrán los recursos de revisión correspondientes en contra de la suspensión definitiva otorgada”, dice el documento que expone los “agravios que se harán valer en el recurso de revisión”.
El Juez de Distrito encargado de otorgar la suspensión definitiva violó las reglas del debido proceso, “en virtud que determinó de manera ilegal conceder la suspensión definitiva con efectos generales”, destaca.
No tomó en cuenta lo resuelto por Magistrados del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, que de manera unánime, al resolver un recurso de revisión en “un asunto similar al que nos ocupa”, le indicaron al Juez de Distrito “que no resulta procedente conceder la suspensión de los actos reclamados a quien no lo solicita, sino que solamente aplica sus otorgamientos para quien expresamente lo pide”, manifiesta.
El documento puntualiza las razones expuestas a modo de resumen por el coordinador de la bancada mayoritaria en San Lázaro, para justificar el recurso de revisión presentado.
Los comentarios están cerrados